

Qué debemos saber antes de ingresar en prisión
Tras el dictado de una sentencia condenatoria que impone pena privativa de libertad, el penado se enfrenta a la entrada en prisión, sin saber, casi nunca, por dónde empezar.
Vaya por delante que una condena a prisión no siempre requiere entrar en la cárcel, existiendo alternativas a la misma que un buen abogado especialista en Ejecución Penal y Derecho Penitenciario.
Así, tras el dictado de la sentencia se abre la Ejecutoria, fase durante la cual se pueden plantear dichas alternativas y que puede dilatar el tiempo hasta la entrada en prisión.
Requisitos para evitar la entrada a prisión tras una condena
Si se dan una serie de requisitos, es posible dejar sin efecto el ingreso en prisión, bajo la promesa de que el penado no volverá a delinquir en un plazo de entre 2 y 5 años y, en su caso, el cumplimiento de algunas condiciones.
Las exigencias para ello son las siguientes:
- Que la pena no sea superior a 2 años.
- Que el penado no tenga antecedentes penales o, excepcionalmente, no sea reo habitual.
- Que se haya satisfecho la responsabilidad civil (si la hubiere).
- Que se aprecie una buena conducta en el penado.
Igualmente, pueden dejarse en suspenso la pena de prisión de hasta 5 años, cuando la comisión delictiva hubiera estado relacionada con el abuso de drogas y el penado esté deshabituado o sujeto a un programa a tal fin.
Cómo preparar el ingreso en la carcel
Para el caso en el que no prosperen las alternativas propuestas, y el ingreso en prisión sea ineludible, es necesario preparar debidamente el ingreso.
Teniendo una fecha o plazo para ingresar voluntariamente, el penado puede elegir la prisión de su elección, siendo que debe comparecer ante el centro penitenciario portando testimonio de la sentencia condenatoria, requerimiento de ingreso en prisión y DNI o Pasaporte.
Es, igualmente, muy importante portar una serie de documentos que justifiquen cuál es la situación del penado y sus necesidades.
Cómo es el proceso una vez el acusado entra en prisión
Una vez dentro, el interno permanecerá en el Módulo de Ingresos durante un plazo de 24h a 48h. Allí se le reconocerán sus datos, se registrarán los objetos que trajera consigo al momento de la entrada, se le realizará un reconocimiento médico protocolario y se realizará una primera entrevista con los profesionales del Centro.
Mediante la recolecta de esta información se elaborará una ficha detallada de su situación penitenciaria y se decidirá en qué Módulo Residencial encaja mejor el interno, atendiendo a sus características y necesidades.
En caso de traer consigo objetos que no están permitidos por las normas regimentales de la cárcel (teléfono móvil, dinero, aparatos electrónicos no permitidos, los mismos se guardarán en el departamento de ingresos durante el tiempo en el que el penado permanezca privado de libertad, siéndole devueltos toda vez abandone el Centro, pudiéndose hacer entrega de los mismos también a familiares o personas designadas por el interno.
Cómo se compran las cosas
Como dentro de prisión no hay dinero, se hará entrega al interno de una ficha que actúa como una suerte de tarjeta de crédito asociada directamente a la cuenta del peculio del mismo, y que será el método de pago para el economato (tienda de alimentación y distintos objetos), las cabinas telefónicas, tabaco, café, bebidas, etc.
Para ingresar dinero el peculio, el interno puede hacerlo en ventanilla antes de ingresar.
Asimismo, a partir de ese momento, es su familia quien puede hacerlo personalmente en la misma ventanilla de prisión, o mediante transferencia bancaria. Por ello, hasta que el interno no dispone de su tarjeta, no puede realizar llamadas, siendo habitual que se tarde 24 horas.
¿Todos los presos reciben el mismo trato?
Una vez situado en el Módulo que le corresponde, el interno será entrevistado por los distintos miembros del Equipo de Observación y Tratamiento (trabajador social, educador social, psicólogo y jurista), quienes valorarán sus circunstancias y del hecho delictivo para establecer el Programa Individualizado de Tratamiento de cada interno.
En su Módulo, el interno será ubicado en una celda, normalmente compartida con otro, donde dispone de su espacio personal y también de aseo (retrete, lavabo y, dependiendo del centro, también ducha).
Asimismo, se hace entrega al interno de los productos de higiene básicos.
Dentro del mismo, y según las pautas de su plan de tratamiento, el interno podrá desarrollar aquellas actividades tratamentales que le correspondan, así como otras formativas, deportivas o de ocio.
Asimismo, puede solicitar vincularse a destinos de trabajo, muchos de los cuales están remunerados.
Cada uno de los módulos disponen de otros espacios a parte de los residenciales como la biblioteca, a escuela, el comedor o zonas de deporte.
Como son las comunicaciones del preso con el exterior
Acerca de las comunicaciones con el exterior, el interno dispone de las siguientes:
- Semanalmente de 5 llamadas de 8 minutos de duración a 10 números de teléfono, cuales han tenido que ser previamente autorizados por el Centro. Es posible obtener más llamadas como beneficio por buena conducta.
- Semanalmente, pueden realizarse comunicaciones de 20 minutos con allegados (normalmente sábados y domingos) de máximo dos adultos y en locutorio con cristal de por medio.
- Mensualmente vis a vis, íntimo o familiares, en los que podrán acudir hasta un máximo de 4 allegados, menores incluidos, en espacios habilitados para ello. Excepcionalmente, también puede aceptarse la concesión de vis a vis de convivencia con periodicidad trimestral y de mayor duración que los familiares.
- Comunicaciones con abogados que no están limitadas ni en duración ni en periodicidad.
- Correspondencia escrita sin límite.
A pesar de que cada cárcel tiene sus propias normas de funcionamiento, en el presente artículo se incluyen unos mínimos comunes, cuyo conocimiento es relevante para toda persona que se enfrente al ingreso en prisión.
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