

La criminalización de la pobreza en mujeres
El reciente informe “From poverty to punishment: Executive Summary” elaborado por Penal Reform International y Women Beyond Walls aborda la criminalización de la pobreza en mujeres o estatus en distintas regiones del mundo.
Mariam Bataller
En la última década, la criminalización de la pobreza en mujeres, el género y su estatus han sido objeto de creciente preocupación por parte de organizaciones internacionales y movimientos sociales. Sin embargo, esta problemática aún permanece invisibilizada en los marcos jurídicos y en las políticas públicas, especialmente cuando afecta a mujeres y personas con identidades de género no normativas.
From poverty to punishment: Executive Summary, publicado en marzo de 2025 por Penal Reform International (PRI) y Women Beyond Walls (WBW) constituye una llamada urgente a la revisión estructural de las leyes y prácticas judiciales que afectan de manera desproporcionada a las mujeres debido a su pobreza, vulnerabilidad o estatus social. Con datos reveladores y testimonios impactantes, el documento visibiliza una problemática global y ofrece recomendaciones concretas para promover un enfoque de justicia centrado en los derechos humanos y la equidad de género.
Con motivo del 30.º aniversario de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, este informe adquiere especial relevancia. En las últimas dos décadas, la población penitenciaria femenina ha aumentado un 57 %, alcanzando las 733.000 mujeres y niñas encarceladas en todo el mundo (2025). Este incremento, superior al crecimiento de la población masculina en prisión, responde a factores estructurales de desigualdad: pobreza, violencia de género, exclusión social, subordinación social y normativas discriminatorias.
El análisis se sustenta en metodologías participativas que incluyen la voz de mujeres con experiencia vivida en prisión, entrevistas a expertas y una revisión exhaustiva de legislación comparada. Esta aproximación permite entender cómo las mujeres son sancionadas no por sus acciones en sí mismas, sino por su condición de vulnerabilidad, pobreza y desigualdad.
Feminización de la pobreza y justicia punitiva
La criminalización de la pobreza en mujeres no es un fenómeno nuevo. Sin embargo, al intersecarse con el género, adquiere características especialmente graves. El concepto de feminización de la pobreza, introducido por Diane Pearce en 1978, se refiere a la sobrerrepresentación de mujeres entre la población en situación de pobreza, con un impacto que se ve exacerbado por la división sexual del trabajo, las desigualdades salariales y la violencia estructural.
En este contexto, los sistemas de justicia punitiva, lejos de ofrecer soluciones restaurativas o de protección, se convierten en instrumentos de reproducción de la exclusión. Así, acciones como mendigar, vender en la calle, o ejercer el trabajo sexual, lejos de ser comprendidas como respuestas de supervivencia, son sancionadas penalmente en muchos países, perpetuando un círculo de marginación.
Uno de los principales aportes del informe de PRI y WBW es la evidencia empírica sobre cómo acciones vinculadas a la subsistencia son objeto de persecución penal. Por ejemplo, en Inglaterra y Gales, el 40% de las penas de prisión impuestas a mujeres en 2023 se relacionaron con hurtos en tiendas, frente al 22% de los hombres, lo cual revela una selectividad penal que opera sobre necesidades básicas no cubiertas.
El informe también menciona el caso de Grace, una mujer británica procesada por no pagar la licencia televisiva obligatoria, a pesar de que su aparato estaba roto. Este tipo de penalización por pobreza extrema se extiende también a la mendicidad, como ocurre en Uzbekistán, donde el 80% de las personas sancionadas por mendigar eran mujeres. Tales prácticas no sólo refuerzan el estigma hacia los sectores más pobres, sino que ignoran los principios de necesidad y proporcionalidad del derecho penal.
El informe subraya cómo las políticas punitivas asociadas a la “guerra contra las drogas” afectan con especial dureza a mujeres pobres, racializadas y cuidadoras. En América Latina y Asia, entre el 50 y 80 % de las mujeres encarceladas lo están por delitos relacionados con drogas. Además, muchas son víctimas de trata o coerción, situaciones no contempladas en los juicios.
Modelo legal | Países | Efectos |
Penalización total | Senegal, Malasia | Aumento del estigma, arrestos, vulnerabilidad |
Modelo nórdico (penaliza al cliente) | Irlanda, Francia | Mayor clandestinidad, pérdida de ingresos |
Legalización regulada | Alemania, Países Bajos | Mejores condiciones laborales, pero exclusión de migrantes |
Despenalización total | Nueva Zelanda, Territorio del Norte | Más informes de violencia, disminución de la cifra negra u oculta, empoderamiento parcial |
Criminalización de la pobreza en mujeres por deuda y falta de pago
Una forma particularmente grave de criminalización de la pobreza en mujeres a nivel estructural es el encarcelamiento por impago de multas, deudas o tasas judiciales. En Egipto, hasta el 25% de las mujeres presas lo están por razones vinculadas a deudas. En países como Irlanda, las mujeres representan el doble de encarcelamientos por impago de multas en comparación con los hombres. Esto se produce incluso cuando las cantidades adeudadas son mínimas, lo que evidencia una falta de racionalidad en el sistema de justicia y una nula consideración de las circunstancias socioeconómicas de las imputadas.
Trabajo sexual y leyes de moralidad
Otro eje crítico del informe es la criminalización de la pobreza en mujeres, en especial referencia al trabajo sexual y las llamadas leyes de moralidad, que impactan especialmente a mujeres migrantes, trans, racializadas o sin apoyo familiar. Existen diferentes modelos legales respecto al trabajo sexual: desde la penalización total (Senegal, Malasia), pasando por el modelo nórdico (Irlanda, Francia), hasta la despenalización completa (Nueva Zelanda, Territorio del Norte en Australia) o la legalización regulada (Alemania, Países Bajos). Cada modelo tiene efectos diferenciados, pero en general, la criminalización agrava la vulnerabilidad y expone a las trabajadoras sexuales a mayor violencia institucional y estigmatización.
Un ejemplo significativo es Bélgica, que en 2024 se convirtió en el primer país europeo en reconocer el trabajo sexual como empleo regular, otorgando derechos laborales y acceso a la seguridad social. Esta reforma fue impulsada por asociaciones lideradas por trabajadoras sexuales, y marca un cambio paradigmático en el enfoque de la legislación laboral y penal.
Criminalización del aborto, la salud mental y la identidad
El informe también aborda la penalización de aspectos vinculados a la salud reproductiva y mental. El aborto continúa penalizado en al menos 15 países, y en otros, aunque permitido en ciertos casos, las mujeres son perseguidas por emergencias obstétricas. En El Salvador, mujeres que sufren emergencias obstétricas han sido condenadas por homicidio. El caso de Izabela, en Polonia, quien murió tras una septicemia al negársele un aborto, muestra cómo las leyes restrictivas pueden convertirse en sentencias de muerte.
Por otra parte, 63 países penalizan las relaciones entre personas del mismo sexo; 12 contemplan la pena de muerte. Al menos 40 castigan el sexo consentido entre mujeres.
Asimismo, el suicidio sigue siendo criminalizado en 25 países. Esta práctica no solo ignora los principios de salud mental, sino que culpabiliza a las víctimas en lugar de ofrecer ayuda. La despenalización del suicidio en Pakistán (2022) y en Kenia (2025) son avances importantes, sustentados en argumentos de salud y derechos humanos.
Experiencias transformadoras
El informe destaca diversas reformas normativas y judiciales en distintos países. Algunas de estas experiencias ya están disponibles en la tabla que te mostré anteriormente. En ellas se observa una tendencia hacia enfoques más humanistas y restaurativos, en los que el derecho penal se utiliza como último recurso. Las estrategias incluyen programas de desvío, inversión en servicios comunitarios, despenalización de delitos menores y formación de operadores judiciales en perspectiva de género.
En suma, el informe de PRI y WBW representa una denuncia contundente contra la instrumentalización del derecho penal como herramienta de exclusión social. Desde una perspectiva interseccional, se propone sustituir los marcos punitivos por sistemas de protección social integrales que comprendan la pobreza como una forma de violencia estructural. Para ello, se requiere:
- Despenalizar las conductas de supervivencia y los delitos de estatus.
- Reformar los marcos normativos con enfoque de género y derechos humanos.
- Invertir en servicios comunitarios, apoyo psicosocial y salud mental.
- Incluir la voz de las mujeres con experiencia carcelaria en el diseño de políticas.
- Recoger datos desagregados e implementar mecanismos de seguimiento.
Este enfoque no solo tiene un fundamento ético y legal, sino también una clara racionalidad económica y social: castigar la pobreza es más costoso e ineficaz que prevenirla.
El informe evidencia que los sistemas penales han sido utilizados como herramientas para castigar la pobreza, la diferencia y la disidencia. Esta criminalización estructural y sistemática de mujeres en contextos de vulnerabilidad exige una transformación profunda de los modelos de justicia. Para ello, es necesario reimaginar un sistema basado en el cuidado, la equidad y la reparación, que abandone el castigo como única respuesta social.
País | Práctica destacada | Año | Resultado |
India | Despenalización de la mendicidad | 2018 | Amparo constitucional a personas sin hogar |
Canadá | Programas de desvío pre-acusación | 2022 | Más de 200 personas desviadas hacia apoyos comunitarios |
Pakistán | Despenalización del suicidio | 2022 | Prioriza la salud mental sobre el castigo |
Bélgica | Reconocimiento del trabajo sexual como empleo | 2024 | Acceso a seguridad social y derechos laborales |
Kenia | Tribunal Supremo declara inconstitucional criminalizar el suicidio | 2025 | Basado en derechos de salud y no discriminación |
Últimos Artículos




Castración química obligatoria para agresores sexuales
Si se termina aplicando el tratamiento de castración química obligatoria para el control de los impulsos sexuales problemáticos, su ejecución requerirá...




La irretroactividad penal en la ejecución de penas
La irretroactividad penal en la ejecución de penas: análisis comparado de las Sentencias 54/2023 y la reciente Sentencia, de 12 de mayo de 2025, del...


Drones en prisiones y su uso
El uso de drones en prisiones para vulnerar la seguridad es un fenómeno creciente que requiere una respuesta integral y coordinada entre instituciones...