

Parentalidad positiva en prisiones
Al amparo de la Recomendación CM/Rec (2018)5 del Comité de Ministros del Consejo de Europa se han puesto en los últimos años programas de parentalidad positiva en prisiones españolas, desde el programa “Padres y Madres sin Barreras” de las prisiones que dependen de la Secretaría de Estado de IIPP, hasta los grupos de parentalidad positiva en prisiones catalanas.
Son una magnifica iniciativa para recuperar vínculos prosociales y evitar la reincidencia de los penados, pero, además evita futuras conductas delictivas en los menores que perdieron el vínculo con algún progenitor por estar en prisión. Esta circunstancia es considerada como un importante factor de riesgo en el potencial de futura delincuencia.
Mariam Bataller
La Recomendación CM/Rec (2018)5 del Comité de Ministros del Consejo de Europa, adoptada el 4 de abril de 2018, se centra en los derechos y necesidades de los niños con padres encarcelados. Su objetivo principal es instar a los Estados miembros a implementar medidas que preserven y fortalezcan los vínculos familiares entre los internos y sus hijos, garantizando el bienestar y desarrollo de estos últimos mediante una parentalidad positiva en prisiones.
Los principios fundamentales que reconoce esta Recomendación son: el interés superior del niño: Todas las decisiones y acciones relacionadas con niños de padres encarcelados deben priorizar su interés superior, conforme a la Convención sobre los Derechos del Niño. El principio de no discriminación: Se debe proteger a estos niños de cualquier forma de discriminación o estigmatización derivada de la situación de encarcelamiento de sus progenitores. Además, se reconoce el derecho a mantener contacto regular: Los niños tienen derecho a mantener una relación personal y contacto directo con sus padres encarcelados, salvo si es contrario a su interés superior.
Por esto la Recomendación sugiere las siguientes medidas a los países miembros del Consejo de Europa:
Al planificar y ejecutar arrestos, las autoridades deben considerar la presencia de niños y minimizar el impacto negativo en ellos. Se debe informar a los servicios sociales cuando un arresto pueda afectar a un niño, garantizando su cuidado adecuado.
Los tribunales deben considerar el impacto de la sentencia en los hijos del acusado y, cuando sea apropiado, optar por medidas alternativas al encarcelamiento.
Siempre que sea posible, los internos con hijos deben ser ubicados en establecimientos cercanos al domicilio familiar para facilitar el contacto regular.
Las prisiones deben proporcionar entornos aptos para niños durante las visitas, creando espacios amigables y seguros. Se deben facilitar diferentes tipos de visitas, incluyendo visitas abiertas y prolongadas, para promover la interacción natural entre padres e hijos.
Además de las visitas, se debe facilitar la comunicación regular mediante llamadas telefónicas, correspondencia y, cuando sea posible, videollamadas.
Implementar programas que ayuden a los padres encarcelados a mantener y desarrollar sus habilidades parentales, incluyendo asesoramiento y talleres de crianza.
Capacitar al personal penitenciario para que comprenda las necesidades de los niños con padres encarcelados y promueva prácticas que faciliten el mantenimiento de los vínculos familiares.
Fomentar la colaboración entre servicios penitenciarios, sociales y educativos para garantizar un enfoque integral en el apoyo a estos niños.
Promover estudios y evaluaciones sobre las prácticas y políticas relacionadas con niños de padres encarcelados, asegurando que sus voces sean escuchadas en la formulación de políticas.
La Recomendación CM/Rec (2018)5 subraya la importancia de reconocer y abordar las necesidades específicas de los niños con padres encarcelados. Al implementar estas directrices, los Estados miembros pueden mitigar los efectos negativos del encarcelamiento parental y promover el bienestar y desarrollo saludable de estos niños.
La parentalidad positiva en prisiones ha evolucionado con los cambios sociales, lo que ha generado nuevas formas de crianza y relaciones familiares. Se han identificado múltiples funciones de la familia más allá del cuidado básico de los hijos/as, incluyendo la transmisión de valores y normas, el apoyo emocional y la socialización. La parentalidad positiva en prisiones se enmarca dentro de un enfoque que favorece el desarrollo integral de los niños/as, promoviendo el afecto, la comunicación y el establecimiento de límites adecuados.
La parentalidad positiva en prisiones es un modelo respaldado por el Consejo de Europa, que enfatiza el desarrollo de habilidades parentales sin recurrir a la violencia, promoviendo el bienestar infantil. En el contexto penitenciario, el aislamiento forzado y la falta de contacto con los hijos/as generan efectos negativos en la identidad parental y en el desarrollo infantil.
La Recomendación CM/Rec (2018)5 del Consejo de Europa insta a los Estados miembros a implementar políticas que fomenten los vínculos entre padres/madres encarcelados y sus hijos/as, evitando que la privación de libertad se traduzca en una privación de la relación parental.
Se destaca la necesidad de preservar los lazos familiares durante la reclusión, ya que estos son clave para la reinserción social y el bienestar emocional de los internos.
Algunas estrategias para mantener el vínculo: Facilitación de visitas familiares en espacios adecuados, uso de llamadas y videollamadas para mantener el contacto afectivo el desarrollo de talleres y programas de parentalidad positiva en prisiones dentro de las cárceles para reforzar el rol parental.
El enfoque sistémico estructural en el ámbito penitenciario
Se suele argumentar que la parentalidad en prisiones debe entenderse desde un modelo sistémico, en el que se consideran los múltiples factores que afectan la relación parental, como: La estructura familiar previa al ingreso en prisión; las relaciones de apoyo dentro y fuera del centro penitenciario y las estrategias de afrontamiento de los hijos/as ante la ausencia del padre o madre.
Se enfatiza la necesidad de políticas interinstitucionales que coordinen servicios penitenciarios, sociales y educativos para apoyar a las familias afectadas.
La parentalidad positiva en prisiones no solo beneficia a los internos, sino que tiene un impacto positivo en sus hijos/as y en la sociedad. El encarcelamiento afecta significativamente la dinámica familiar, especialmente cuando los internos/as son padres o madres. Podemos observar una invisibilización social de esta problemática y la escasez de políticas y programas específicos para apoyar la parentalidad en prisión.
Se requiere una mayor inversión en programas de educación parental, tanto dentro como fuera de las cárceles, para asegurar que los internos desarrollen competencias parentales adecuadas.
Por otra parte, las políticas deben evolucionar hacia un modelo que equilibre la seguridad con el derecho de los menores a mantener el vínculo con sus progenitores encarcelados.
Hemos de destacar que la privación de libertad no solo castiga al interno/a, sino que impacta de manera directa en sus hijos/as y en la estructura familiar. Se evidencian desafíos como la separación prolongada y dificultad para ejercer la crianza; el deterioro de la relación con los hijos/as debido a la distancia y la falta de contacto frecuente y la estigmatización tanto del interno/a como de sus hijos/as.
Los programas de educación parental en prisión pueden mejorar la autoestima y el sentido de responsabilidad de los internos/as. Permiten fortalecer el vínculo con los hijos/as y prepararse para una futura reunificación familiar. Favorecen la reinserción social, ya que la conexión con la familia es un factor clave para evitar la reincidencia.
Como conclusiones podemos afirmar que los programas de parentalidad positiva en prisiones ha demostrado ser una intervención efectiva para mejorar la parentalidad en contextos de privación de libertad. La separación forzada entre padres/madres e hijos/as no debería ser una condena adicional, por lo que se deben reforzar políticas que favorezcan el mantenimiento del vínculo familiar.
La parentalidad en prisión no solo es un derecho, sino que su fortalecimiento puede contribuir a la rehabilitación y reinserción social de los internos/as.
Para una lectura completa y detallada de la Recomendación CM/Rec (2018)5 del Consejo de Europa, se puede consultar el documento original en el siguiente enlace:
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