
Mariam Bataller Pardo
Fundadora

Barcelona
Cuando alguien de tu familia entra en un centro penitenciario de Catalunya, lo primero que descubres es que la condena no es el final del proceso: es el principio de otro.
A partir de ahí todo pasa por decisiones que se toman dentro del centro —clasificaciones, permisos, sanciones, valoraciones de riesgo— y por un juzgado que la mayoría de la gente no había oído nombrar hasta ese momento.
En Bataller Abogados llevamos más de 25 años trabajando exactamente en ese terreno. Somos un despacho boutique con sede en el número 205 de la calle Aribau, en Barcelona, y una parte muy importante de nuestro trabajo consiste en desplazarnos a los centros penitenciarios catalanes, hablar con el interno, hablar con su familia y presentar los escritos que corresponden ante los órganos de vigilancia penitenciaria.
Esta página no explica en qué consiste cada trámite: para eso tenemos nuestra guía de derecho penitenciario. Esta página va del lugar: qué centros hay en Catalunya, cómo funciona un sistema penitenciario que aquí depende de la Generalitat y no del Estado, qué es el RisCanvi, dónde están los juzgados y quiénes somos nosotros.
¿No sabes por dónde empezar?
No somos un despacho generalista con un departamento de penitenciario. Es al revés: la ejecución de la pena y la vida en prisión son el núcleo de lo que hacemos, y el resto de nuestra actividad penal gira alrededor de eso.
Esa concentración tiene consecuencias prácticas. Conocemos los equipos de tratamiento de los centros catalanes, sabemos cómo se redacta un informe de junta de tratamiento y cómo se lee, y estamos familiarizados con los criterios que aplican las distintas secciones de vigilancia penitenciaria de Barcelona. También sabemos algo menos técnico pero igual de importante: que la persona que llama a nuestro despacho suele estar asustada y desinformada, y que la primera conversación tiene que servir para explicar de forma comprensible en qué punto está el asunto y qué se puede intentar.
Trabajamos con atención 24 horas. No es una frase de escaparate: en materia penitenciaria hay situaciones que no admiten esperar al lunes —un ingreso, un traslado inesperado, un parte de incidencias, una detención de fin de semana— y una llamada a tiempo cambia el margen de actuación.
Atendemos en castellano y en catalán, presencialmente en Aribau 205 o por videoconferencia si la familia vive lejos del despacho o fuera de Catalunya.
Catalunya fue la primera comunidad autónoma en asumir la ejecución de la legislación penitenciaria. El traspaso se formalizó por el Real Decreto 3482/1983 y se hizo efectivo a partir de 1984. Desde entonces, los centros penitenciarios catalanes no dependen de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias del Estado, sino del Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya. Durante décadas fue la única comunidad con esta competencia; el País Vasco la asumió en 2021.
La legislación de fondo es estatal, pero la gestión es catalana. La Ley Orgánica General Penitenciaria y el Reglamento Penitenciario se aplican igual, pero quien los desarrolla mediante instrucciones y circulares internas, quien clasifica, quien concede permisos en primera instancia y quien organiza los programas de tratamiento es la administración catalana.
Terminología propia. Aquí se habla de centres penitenciaris, centres oberts, juntes de tractament, programes individualitzats de tractament. Buena parte de la documentación del expediente está redactada en catalán, y conviene que quien lo lea y lo conteste se maneje en ese idioma.
Los centres oberts tienen entidad propia. En Catalunya el régimen abierto se cumple en centros específicos, separados de las prisiones ordinarias. La red se está renovando, con el nuevo centre obert de la Zona Franca de Barcelona como pieza principal.
Instrumentos exclusivos. El más importante es el RisCanvi, un protocolo de valoración del riesgo que solo se aplica en Catalunya y que pesa en las decisiones que afectan a la libertad.
Nos desplazamos habitualmente a los centros penitenciarios catalanes para comunicar con internos. No publicamos direcciones, horarios de visita ni teléfonos de los centros porque cambian con frecuencia: los datos actualizados están en la web oficial del Departament de Justícia.
Centro polivalente del Baix Llobregat, con población preventiva y penada, módulos de mujeres y una fuerte carga sanitaria: en su recinto se ubica el Hospital Psiquiàtric Penitenciari de Catalunya. Aquí intervenimos con frecuencia en clasificaciones iniciales, cuestiones vinculadas a enfermedad mental y solicitudes de medidas alternativas al régimen ordinario.
Es el centro de mayor tamaño del sistema penitenciario catalán y uno de los que más volumen de trabajo genera. Concentra población en régimen ordinario y un número elevado de expedientes: progresiones y regresiones de grado, expedientes disciplinarios y recursos contra acuerdos de la junta de tratamiento. Si buscas un abogado penitenciario para Brians 2, es uno de los centros a los que acudimos con más regularidad.
Uno de los centros históricos del Vallès Oriental, de régimen ordinario y con departamentos de atención especializada. Buena parte de nuestro trabajo aquí se concentra en expedientes disciplinarios, cambios de módulo y peticiones de traslado por arraigo familiar.
Centro específico para internos jóvenes, con un modelo de intervención orientado a la formación y al tratamiento educativo. Al tratarse de una población con recorrido penitenciario corto, la clasificación inicial y el diseño del programa de tratamiento son decisivos, y ahí es donde interesa intervenir pronto.
La prisión de mujeres de referencia en Barcelona ciudad, en funcionamiento desde los años ochenta. Está prevista su sustitución por un nuevo equipamiento en la Zona Franca, pero a día de hoy sigue operativa. Intervenimos aquí en clasificación, permisos, situaciones de maternidad y unidades de madres, y en cuestiones relacionadas con la salud.
Centro del Bages, de régimen ordinario, con población penada de media y larga duración. Gran parte de la actividad se concentra en progresiones a tercer grado, permisos ordinarios y preparación de la libertad condicional.
Centro de referencia para las comarcas de Ponent. Combina población preventiva y penada, y por su ubicación es habitual que internos con familia en el área metropolitana de Barcelona soliciten acercamiento. Los recursos judiciales de este centro se ven en la sede de Lleida, no en Barcelona.
Centro del Alt Empordà que asumió la función de la antigua prisión de Girona. Atiende población preventiva y penada de las comarcas gerundenses, con módulos de hombres y de mujeres. Tiene un porcentaje significativo de internos extranjeros, lo que hace frecuentes las cuestiones de expulsión y las peticiones de traslado.
Centro que sustituyó a la antigua prisión de Tarragona. Da servicio a las comarcas tarraconenses y a las Terres de l'Ebre, con población preventiva y penada, y con un centre obert integrado en el mismo complejo.
Catalunya dispone de centros específicos de régimen abierto en Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona. Son el destino de quienes están clasificados en tercer grado y el punto donde se juega la transición hacia la vida en libertad: salidas para trabajar, permisos, control telemático.
La antigua Presó Model de Barcelona, en el Eixample, cerró en 2017. Aparece a menudo en búsquedas y conversaciones, pero hoy no es un centro penitenciario en funcionamiento: los internos fueron trasladados a otros centros del sistema catalán.
El control judicial de la ejecución de la pena en Catalunya corresponde a órganos de vigilancia penitenciaria con ámbito autonómico, no provincial. Es decir: no hay un juzgado por prisión, sino un reparto de centros entre varios órganos, la mayoría con sede en la Ciutat de la Justícia de Barcelona, y otro con sede en Lleida.
Aquí hay un cambio reciente que conviene conocer. La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, sustituye los juzgados unipersonales por Tribunales de Instancia organizados en secciones. Entre esas secciones está expresamente la Sección de Vigilancia Penitenciaria. En la práctica, lo que antes eran los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria de Catalunya figuran ya en el directorio del Consejo General del Poder Judicial como Secciones de Vigilancia Penitenciaria del Tribunal de Instancia.
Para el interno y su familia, lo esencial no cambia: el órgano de vigilancia penitenciaria sigue siendo quien resuelve los recursos contra las decisiones de la administración catalana y quien decide sobre permisos, clasificación, sanciones y libertad condicional. Lo que sí cambia es la denominación, el reparto interno y, en algunos casos, la tramitación.
El RisCanvi es el protocolo de valoración y gestión del riesgo que se aplica en las prisiones catalanas desde 2009. Lo desarrolló el Departament de Justícia junto con el Grup d'Estudis Avançats en Violència de la Universitat de Barcelona y el Centre d'Estudis Jurídics i Formació Especialitzada. No existe en el resto del Estado.
No es un algoritmo que decide solo. Son los profesionales del equipo de tratamiento —psicólogos, juristas, educadores, trabajadores sociales— quienes valoran una batería de factores de riesgo estáticos y dinámicos a partir de entrevistas y del expediente, y el protocolo devuelve un nivel de riesgo en varios ámbitos: violencia autodirigida, violencia dentro del centro, reincidencia y quebrantamiento de condena.
Ahí está la clave: una valoración de riesgo desfavorable no impide por sí sola nada, pero condiciona el discurso de los informes y el criterio con el que se leen las solicitudes de permisos de salida y de tercer grado. Por eso conviene conocer qué factores se han valorado, si la información del expediente está actualizada y si hay elementos —arraigo, trabajo, tratamiento, apoyo familiar— que no se han recogido y sí deberían constar.
Si no sabes en cuál de estas categorías encaja tu caso, llámanos y lo situamos: la primera conversación sirve precisamente para eso.
Mariam Bataller Pardo es la fundadora del despacho, con una trayectoria de más de 25 años dedicada al derecho penal y penitenciario. Montse Pijoan i Almaraz y Laura Bardají Salinas completan el núcleo del equipo, con experiencia consolidada en ejecución de penas y en la relación diaria con los centros penitenciarios catalanes.
Somos un despacho pequeño, y eso es deliberado. Significa que quien lleva tu asunto es quien lo conoce, que no pasas de mano en mano y que la persona que se desplaza a comunicar con el interno es la misma que firma los escritos. Puedes conocernos con más detalle en la página del equipo de Bataller Bardají.
Aunque nuestra base está en Barcelona y trabajamos a diario con centros catalanes, asumimos asuntos en prisiones del resto de España, donde la competencia corresponde a la administración penitenciaria del Estado y, en el País Vasco, al Gobierno Vasco desde 2021.
Cambian la administración, la terminología y, sobre todo, la ausencia de RisCanvi, pero el marco legal de fondo es el mismo. Muchas familias residentes en Catalunya tienen a un familiar cumpliendo condena fuera, o al revés, y en esos casos las peticiones de traslado por acercamiento familiar son una parte habitual del trabajo.
Estamos en C/ Aribau 205, 2º — 08021 Barcelona, en la parte alta de Aribau, junto a Travessera de Gràcia, en la zona de contacto entre el Eixample y Sant Gervasi. Es un punto muy bien comunicado y fácil de encontrar.
En transporte público, la estación de Gràcia de FGC queda a pocos minutos a pie, y también son accesibles las estaciones de metro de Fontana (L3), Diagonal (L3 y L5) y Hospital Clínic (L5). La zona cuenta además con varias líneas de autobús que circulan por Aribau, Muntaner, Travessera de Gràcia y Via Augusta.
Si vienes en coche, hay aparcamientos públicos en el entorno de Travessera de Gràcia y Via Augusta. Ten en cuenta que Barcelona aplica una Zona de Bajas Emisiones; conviene comprobar antes si tu vehículo está autorizado.
Atendemos con cita previa. Llama al 696 967 181 o al 937 490 708 y te damos hora, también fuera del horario habitual si la situación lo requiere.
Sí. Atendemos y trabajamos indistintamente en catalán y en castellano, tanto en las visitas al despacho como en las comunicaciones con el interno y en los escritos. Es especialmente relevante en Catalunya, porque buena parte de la documentación del expediente penitenciario —informes de la junta de tratamiento, acuerdos, resoluciones administrativas— está redactada en catalán.
Sí. La comunicación presencial con el interno es una parte esencial del trabajo, no un extra. Nos desplazamos a los centros penitenciarios de Catalunya —Brians 1 y 2, Quatre Camins, el Centre Penitenciari de Joves, Wad-Ras, Lledoners, Ponent, Puig de les Basses, Mas d'Enric y los centres oberts— para hablar directamente con la persona, revisar su situación y preparar los escritos con información de primera mano.
Sí. Ofrecemos atención 24 horas porque en materia penal y penitenciaria las urgencias no respetan el horario de oficina: una detención en fin de semana, un ingreso en prisión, un incidente dentro del centro, un traslado inesperado. Si llamas fuera de horario, valoramos contigo la situación y te decimos qué se puede hacer de inmediato.
Sí. Asumimos asuntos en centros penitenciarios de todo el Estado, incluidas las prisiones gestionadas por la Administración General del Estado y las del País Vasco. Es habitual en casos de traslado por acercamiento familiar y cuando la familia reside en Catalunya pero el interno cumple condena en otra comunidad.
No necesariamente. Podemos mantener la primera reunión por videoconferencia o por teléfono y gestionar la documentación de forma telemática. La visita presencial al despacho de Aribau 205 es útil cuando hay mucho material que revisar, pero no es un requisito para empezar a trabajar.
Depende del centro penitenciario donde esté. En Catalunya, los órganos de vigilancia penitenciaria tienen ámbito autonómico y los centros están repartidos entre ellos: la mayoría tienen sede en la Ciutat de la Justícia de Barcelona y otro en Lleida. Con la reforma de la Ley Orgánica 1/2025 han pasado a integrarse en los Tribunales de Instancia como Secciones de Vigilancia Penitenciaria. Cuando estudiemos el asunto te diremos exactamente qué órgano lo lleva.
Un despacho boutique: hablas siempre con la misma abogada, no con un departamento.
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La primera conversación sirve para entender el mapa y saber qué se puede hacer y en qué plazos. Cuéntanos el nombre del centro y qué ha pasado: con eso ya podemos orientarte.
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